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CODIGO DE CONDUCTA

El propósito de este código es suministrar guías prácticas para la gestión ética de la EPS y para generar pautas de conducta que reflejen las responsabilidades que deben cumplirse en su interior o en sus relaciones con partes interesadas, para fomentar el desarrollo de relaciones de mutua confianza. No pretende dictar reglas detalladas sobre todos los temas, pero de existir dudas o vacíos en su aplicación o interpretación, ellos serán resueltos por el Gerente General.

 

NORMAS DE AUTOREGULACIÓN

Todas las relaciones internas, personales y profesionales que se establezcan con ocasión del desarrollo del objeto social de la EPS estarán sujetas a:
 
- La búsqueda del continuo mejoramiento de las condiciones de vida de sus afiliados. 
- El trato respetuoso y equitativo.
- El cumplimiento del ordenamiento legal vigente y los reglamentos internos que establece la entidad.
- El reconocimiento de los principios de honestidad, responsabilidad, dignidad, privacidad.
- La promoción de la igualdad, de tal forma que nadie será discriminado por razones de sexo, origen étnico, credo, religión, edad, discapacidad, afinidad política, orientación sexual, nacionalidad, ciudadanía, estado civil o estatus socio económico.
- La promoción del desarrollo profesional y laboral en sus empleados.
- EPS FAMISANAR acata las normas legales vigentes en todas sus actuaciones y reconoce a sus empleados los derechos de índole laboral que la Constitución y el Régimen Laboral Colombiano les otorga.

 

DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION

Las decisiones y acciones de Gerente General, los Gerentes, las áreas Staff, Jefes, Directores y Coordinadores de área y demás funcionarios de EPS Famisanar deben estar encaminadas a la satisfacción de nuestros afiliados y deben ser ajenas a consideraciones de índole personal. Las relaciones de parentesco, amistad o expectativas frente a proveedores actuales o potenciales, contratistas, afiliados, competidores o reguladores no deben afectar la independencia de éstos y su mejor juicio en defensa de los intereses de la entidad.

Para los Directivos y empleados de EPS Famisanar el comportamiento ético es parte integral del ejercicio de la actividad.

 

Las normas y principios que deben servir de guía a nuestra conducta son:

  • Promover y difundir entre los clientes internos el conocimiento de las Leyes, reglamentos y disposiciones que sean aplicables a la labor diaria, así como las normas del presente código de Etica.
  • Proteger los intereses de los afiliados.
  • Abstenerse de facilitar, ceder, dar en préstamo o entregar a título gratuito o a precios subsidiados, bienes o servicios de la entidad a cualquier persona natural o jurídica.
  • No intervenir en asuntos en los cuales el interés personal se encuentre en conflicto con el interés de la EPS.
  • No deben existir relaciones comerciales entre la EPS y sus miembros de Gobierno, empleados y entes de fiscalización y control.
  • Guardar confidencialidad con respecto a las negociaciones que celebre la entidad o sobre oportunidades de negocio que esta pretenda implementar.
  • Abstenerse de brindar asesoría a la competencia sin la autorización correspondiente.
  • No se recibirán regalos o propinas de las personas naturales o jurídicas con las cuales se tenga relaciones comerciales o de afiliación.
  • No realizar proselitismo político aprovechando cargo, posición o relaciones con la EPS.
  • Se debe velar por los bienes de la entidad, de los clientes y de la comunidad como si fueran propios, respetar a las autoridades y llevar una vida ejemplar como miembros de familiar y como ciudadanos.

 

CONDUCTA EMPRESARIAL

En las relaciones con otras Entidades promotoras de salud (EPS) nos comprometemos a cumplir con las siguientes normas:

  • No realizar actividades o adoptar conductas calificadas por la Superintendencia Nacional de Salud como prácticas inseguras o no autorizadas.
  • Propender porque las relaciones entre todas las EPS se desenvuelvan en un ambiente armónico y de cooperación, evitando el abuso de la posición dominante y las prácticas comerciales restrictivas y en general, cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias en cuando a la competencia desleal.
  • No condicionar de manera alguna la elección o permanencia de un afiliado en los procesos de selección de contratistas.
  • No realizar negocios con personas naturales o jurídicas de las cuales se tenga conocimiento de que observan un comportamiento ético, social y empresarial contrario a las leyes, la ética y las buenas costumbres.
  • Todos los funcionarios mantendrán condiciones claras en sus operaciones, de tal forma que sea posible que los clientes conozcan en su integridad los productos y servicios, así como las obligaciones recíprocas que se generan en toda actividad comercial.
  • Las solicitudes, reclamaciones y requerimientos deberán ser atendidos de manera oportuna y precisa, conforme a la Ley y los contratos respectivos.
  • Las relaciones de la entidad con el Gobierno y con entidades gubernamentales se manejarán siempre dentro del marco de la Ley y bajo estrictas normas de ética.