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Aporte
Es la cotización obligatoria que se aplica a los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud según las normas del régimen contributivo, será máximo del 12% del salario base de cotización, el cual no podrá ser inferior al salario mínimo. Dos terceras partes de la cotización estarán a cargo del empleador y una tercera parte a cargo del trabajador. Un punto de la cotización será trasladado al Fondo de Solidaridad y Garantía para contribuir a la financiación de los beneficiarios del régimen subsidiado. |