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Servicios No UPC - Presupuesto Máximo

Desde marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social implementó la estrategia de Presupuesto Máximo. Este mecanismo asigna recursos anuales específicos a las EPS para garantizar los servicios de salud que no están financiados por la Unidad de Pago por Capitación (UPC).

Con esto, garantizamos que todos nuestros afiliados accedan a sus servicios en igualdad de condiciones, asegurando la integralidad y continuidad de su atención.

¿Qué servicios se garantizan con este presupuesto?

● Medicamentos y alimentos para propósitos médicos especiales.

● Procedimientos en salud y dispositivos médicos.

● Servicios complementarios (incluidos los ordenados por fallos de tutela).

Estos servicios son ordenados por tu médico tratante a través de MIPRES, la plataforma oficial del Ministerio de Salud.

Haz clic aquí para ver la presentación de los servicios NO UPC

 

servicios plan complementario

¿Cómo acceder a los servicios no incluidos en la UPC (NO UPC)?

De acuerdo con la Ley Estatutaria 1751 de 2015, tienes derecho a recibir los servicios del Plan de Beneficios en Salud (PBS) y aquellos que, aun no siendo financiados por la UPC, no estén expresamente excluidos del sistema.

1.  El proceso de solicitud (MIPRES)

Cuando requieras un servicio o medicamento No UPC, tu Institución Prestadora de Servicios (IPS) o médico tratante debe realizar la prescripción directamente en la plataforma MIPRES.

  • ¿Qué pasa si hay fallas técnicas en la plataforma? El médico utilizará un formato físico de contingencia. Este debe ser enviado al correo soportemipres@famisanar.com.co en línea o dentro de las 72 horas siguientes.
  • Casos especiales (Junta de Profesionales): Si te formulan tecnologías complementarias o soporte nutricional ambulatorio, la IPS debe convocar una Junta de Profesionales. Ellos evaluarán la pertinencia médica para que Famisanar pueda autorizar y direccionar tu servicio.

2.  ¿Cómo saber dónde reclamar o recibir el servicio?

EPS Famisanar validará la entrega efectiva y segura de tu orden. Te informaremos el lugar de atención a través de los siguientes canales:

  • Celular o Correo: Te enviaremos un mensaje de texto (SMS) o un correo electrónico con los datos del sitio asignado. (¡Mantén tus datos actualizados con nosotros!)
  • Líneas de atención: Puedes consultar en nuestra Línea Amable: Bogotá: (601) 3078069 o Nacional: 018000916662
  • Presencial: En cualquiera de nuestros puntos de radicación física.

Servicios excluidos del Financiamiento Público

De acuerdo con la normatividad vigente, EPS Famisanar no podrá autorizar (y emitirá una carta de exclusión formal) para los servicios o tecnologías que cumplan con estos criterios:

  • Fines estéticos: Servicios cosméticos o suntuarios que no buscan recuperar o mantener la capacidad funcional o vital.
  • Sin evidencia científica: Tecnologías que no cuenten con pruebas científicas sobre su seguridad, eficacia o efectividad clínica.
  • Sin autorización legal: Productos cuyo uso no esté aprobado por la autoridad competente (como el INVIMA).
  • Experimentales: Tratamientos o medicamentos que se encuentren en fase de experimentación.
  • Fuera del país: Servicios que tengan que ser prestados exclusivamente en el exterior.

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