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Manuales para IPS Famisanar

Conoce acá los manuales e instructivos para la generación de incapacidades

Manual para generación de incapacidades y licencias de maternidad

La expedición de certificados de incapacidad temporal y licencias de maternidad, son un acto de carácter profesional libre y responsable que compromete a médicos y odontólogos. 

Recuerda: 

  • Las incapacidades son documentos de carácter legal, clínico y administrativo con impacto en el reconocimiento de las prestaciones económicas. 
  • Únicamente son generadas a usuarios cotizantes si su estado clínico lo amerita. Los beneficiarios no la requieren. 

Para poder generar el certificado de incapacidad o licencia de maternidad, los profesionales en salud deberán: 

  • Exigir la presencia física del paciente y realizar la valoración correspondiente. 
  • Utilizar siempre el sistema de información disponible en la IPS y/o consultorio médico diligenciando los siguientes campos: 

Identificación del usuario
1
  • Nombre 
  • Edad 
  • Tipo y número de documento de identificación 
Contingencia
2
  • Enfermedad general. 
  • Accidente de trabajo. 
  • Enfermedad laboral. 
  • Licencia de maternidad. 
  • Accidente de tránsito. 
  • Licencia por aborto. 
Periodo de incapacidad
3
  • Fecha de expedición. 
  • Fecha de inicio. 
  • Fecha de finalización. 
  • Número de días. 
  • Prórroga. 
  • Tipo de Incapacidad: Hospitalaria, Ambulatoria o Urgencias. 
Código diagnóstico
4

CIE-10

Datos del médico
5
  • Nombre. 
  • Documento de Identidad. 
  • Especialidad. 
  • Firma. 

Registro ReTHUS. 

El profesional médico u odontólogo, debe encontrarse debidamente registrado en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud​ - ReTHUS. 

 

Manual de incapacidades por diagnósticos frecuentes 

Conócelo aquí 

 

Información importante: 

 

  • La incapacidad médica debe ser generada sin enmendaduras en forma veraz, legible y completa con total claridad y quedar registrada en la historia clínica de acuerdo con la condición médica del usuario. 
  • Deberá ser radicada en documento original. 
  • Para favorecer el control de los días generados y el proceso de reintegro laboral, las incapacidades temporales otorgadas, se deben expedir basándose en la tabla de días promedio por patología y expedirlas de acuerdo con el límite inferior. Esta información está disponible en el Manual de incapacidades que se puede consultar en este enlace: https://www.famisanar.com.co/manuales-para-ips-salud/  
  • Se considera prórroga de una incapacidad, la que se expide después de la inicial, por la misma enfermedad o lesión o por otra que tenga relación directa con esta, así se trate de código diferente, siempre que entre una y otra no haya un lapso mayor a 30 días calendario. 
  • En caso de identificar usuarios con una incapacidad prolongada o con calificaciones de origen laboral, se debe notificar al área de Medicina Laboral al correo electrónico: correspondencia@famisanar.com.co enviando estos datos: nombres completos del usuario, tipo y número de identificación y situación identificada. 
  • No se permite la generación de incapacidades retroactivas. 
  • No diligenciar los certificados de incapacidad y las licencias de maternidad de acuerdo con los lineamientos planteados, causará su negación, lo que genera reprocesos en la atención del usuario y por ende su insatisfacción. 
  • Más información: saludocupacionaleps@famisanar.com.co 

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