Conoce más información sobre el UPC adicional en Famisanar EPS
Son beneficiarios especiales aquellas personas diferentes al grupo familiar básico que dependan económicamente del cotizante y se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad (abuelos, sobrinos, nietos, hermanos, tíos, tío abuelo, bisabuelos, bisnietos, suegros, yernos, nueras, cuñados), así como menores de 12 años sin parentesco que dependan económicamente del cotizante, los hijos entre 18 y 25 años que no estén estudiando a tiempo completo o que no sufran de alguna discapacidad, o hijos mayores de 25 años que no sufran de alguna discapacidad.
El valor del aporte total a pagar por los Afiliados adicionales será la que corresponda al grupo etáreo, más el valor para promoción y prevención y sobre esta suma, un 10% adicional para la subcuenta de solidaridad del sistema.
Cuando existan dos cotizantes en el grupo familiar se podrán incluir a los padres que dependan económicamente de uno de ellos y no tengan calidad de cotizantes. Si uno de los cotizantes pierde la capacidad de pago se deberá realizar el pago de la UPC Adicional.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 2.1.4.5 del Decreto Único Reglamentario 780 de 2016, y acorde a la Resolución 2381 del 28 de diciembre de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, por el cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación – UPC – para la cobertura del Plan de Beneficios en Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado en la vigencia 2024, a continuación se dan a conocer los valores de la UPC adicional, de acuerdo con la edad, sexo y zona de residencia de cada afiliado, que regirán a partir del 1 de enero de 2024.
Grupo de edad | Zona Normal | Zona Especial | Grandes Ciudades | San Andrés, Providencia y Santa Catalina |
---|---|---|---|---|
Menores de 1 año | $398.900 | $438.600 | $438.000 | $549.300 |
De 1 a 4 años | $116.300 | $127.800 | $127.600 | $159.600 |
De 5 a 14 años | $48.300 | $52.900 | $52.800 | $65.700 |
De 15 a 18 años (H) | $46.700 | $51.100 | $51.000 | $63.500 |
De 15 a 18 años (M) | $71.900 | $78.900 | $78.800 | $98.300 |
De 19 a 44 años (H) | $78.800 | $86.500 | $86.400 | $107.900 |
De 19 a 44 años (M) | $143.700 | $157.800 | $157.600 | $197.300 |
De 45 a 49 años | $146.600 | $161.000 | $160.800 | $201.300 |
De 50 a 54 años | $184.900 | $203.200 | $202.900 | $254.100 |
De 55 a 59 años | $218.500 | $240.100 | $239.800 | $300.400 |
De 60 a 64 años | $279.900 | $307.600 | $307.200 | $385.100 |
De 65 a 69 años | $346.100 | $380.500 | $380.000 | $476.500 |
De 70 a 74 años | $418.100 | $459.600 | $459.100 | $575.700 |
De 75 a más años | $521.000 | $572.900 | $572.200 | $717.600 |
** valores aproximados a la centena más cercana - Resolución 2364 - 29 de diciembre de 2023 - MS/PS
Zona Normal: Todos los municipios del país a excepción de los registrados como zona especial, zona alejada y grandes ciudades y conurbados.
Zona Especial: Comprende los municipios del Anexo 1 de la Resolución 2364 del 29 de diciembre de 2023.
Grandes Ciudades: Comprende las ciudades de Armenia, Barrancabermeja, Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, Bello, Bogotá Distrito Capital, Bucaramanga, Buenaventura Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico, Cartagena de Indias, Distrito Turístico y Cultural, Cartago, Cúcuta, Dosquebradas, Floridablanca, Guadalajara de Buga, Ibagué, Itagüi, Manizales, Medellín, Montería, Neiva, Palmira, Pasto, Pereira, Popayán, Riohacha, Santa Marta Distrito Turístico, Cultural, e Histórico, Santiago de Cali, Sincelejo, Soacha, Soledad, Tuluá, Valledupar y Villavicencio.
Zona Alejada: Comprende el Departamento de Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Importante: Para realizar el pago por su afiliado adicional, si es empleado, debe autorizar a su empleador para que le realice el descuento o debe contactarse con su operador, para que le genere la respectiva liquidación.
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