Sabías que algunas personas inescrupulosas están reclamando medicamentos a tu nombre. Por ese motivo, desde Famisanar hemos desarrollado los siguientes lineamientos para protegerte a ti y a los tuyos.
1 Si la persona que se acerca a reclamar el medicamento es el afiliado a quien le prescribieron la orden médica y este es mayor de edad, debe presentar su documento de identificación original para poder dispensarle los medicamentos y suministros.
2 Si el ordenamiento está dado para un menor de edad, la persona que reclame deberá demostrar su parentesco con el menor (para el caso de los padres o quien tenga su custodia), a través de la presentación del registro civil o tarjeta de identidad según corresponda, en cualquiera de los siguientes formatos: original, fotocopia o formato digital y el documento de identificación original de quien reclama.
3 Para el caso de familiares y/o cuidadores diferentes a los padres o custodios de menores de edad, en el momento de la dispensación de los medicamentos y/o suministros deberá presentar el registro civil o tarjeta de identidad según corresponda, en cualquiera de los siguientes formatos: original, fotocopia o formato digital. Además, deberá allegar carta de autorización generada por uno de los padres o custodios con los datos de la persona autorizada para reclamar a su nombre, quien deberá presentar su documento de identificación original.
4 Para el caso de cuidadores y/o asistentes personales de afiliados con discapacidad, en el momento de la dispensación de los medicamentos y/o suministros deberá presentar el documento de identificación del afiliado en cualquiera de los siguientes formatos: original, fotocopia o formato digital. Además, deberá allegar carta de autorización generada por el afiliado con discapacidad o su custodio, con los datos de la persona autorizada para reclamar a su nombre, quien deberá presentar su documento de identificación original.
5 Si el ordenamiento está dado para un afiliado mayor de edad, pero quien se acerca no es el mismo, la persona que reclame deberá presentar el documento de identificación del afiliado en cualquiera de los siguientes formatos: original, fotocopia o formato digital. Además, deberá allegar carta de autorización con los datos de la persona autorizada para reclamar a su nombre, quien deberá presentar su documento de identidad original.
Nos aseguramos de entregar los medicamentos a las personas correctas.
Información que debe tener la carta de autorización de entrega de medicamentos o suministros a terceros:
- Fecha la cual no debe ser anterior a la fecha de la orden(es) médica(s).
- Nombre y número de documento de la persona a quien le prescribieron el medicamento (para el caso de menores de edad deben ir relacionados los datos del custodio).
- Nombre y número de documento de la persona que está autorizada para reclamar los medicamentos.
- Relación de medicamentos y/o número consecutivo de la(s) orden(es) médica(s), donde se pueda evidenciar la relación de la dispensación que se requiere.
- Firma de autorización (igual a la cédula).
- Número de contacto de la persona a quien le prescribieron el medicamento y/o custodio.
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Preguntas Frecuentes
- ¿Qué pasa si la persona a quien le reclamo los medicamentos no sabe firmar? Respuesta: Puede colocar en la carta de autorización la huella dactilar o como se evidencie en el campo de la firma en su documento de identificación.
- ¿Si tengo una orden médica para tres meses, debo allegar una autorización cada mes? Respuesta: Sí, se debe allegar una autorización para cada dispensación.
- ¿Puedo colocar en una autorización varias órdenes médicas? Respuesta: Si se puede, debes tener en cuenta que todas las órdenes médicas deben poder identificarse en la autorización. Recuerda que la proforma sugerida por Famisanar y que encuentras en la página web se encuentra en formato editable.
- ¿Si me generan un pendiente, debo entregar una autorización en el momento de la entrega del pendiente? Respuesta: No, solamente se presenta la autorización en el momento cuando se acercan a la farmacia por primera vez a reclamar y les generan el pendiente. Para la entrega del mismo no es necesario volverla a presentar.
- ¿Si llevo la imagen digital del documento de identificación de quien le voy a reclamar, me entregan los medicamentos? Respuesta: Sí, la presentación del documento de identificación en formato digital es válido para reclamar los medicamentos, recuerda que la autorización sí se puede presentar en formato físico y original.