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Certificado de defunción

Conoce qué hacer en caso de necesitar un certificado de defunción como afiliado a Famisanar EPS.

¿Qué hacer en caso de fallecimiento en domicilio? 

En Famisanar EPS se ha definido una ruta de acceso para gestionar de manera oportuna la expedición de certificados de defunción en caso de muerte en el domicilio, la cual aplica para los fallecimientos ocurridos en el Distrito Capital, basados en lo determinado por la Secretaría Distrital de Salud para el proceso de certificación de defunciones de muerte natural. 

En caso de que un usuario fallezca en su domicilio y con el fin de garantizar la información del certificado médico, se requiere la previa inspección del cadáver por parte de una autoridad competente que descarte muerte violenta (Policía Nacional). Una vez descartada, el caso debe ser reportado a nuestro centro de atención telefónica 3078069, que atiende las 24 horas del día, en donde será recibido por un asesor quien solicitará los datos básicos de identificación del usuario, dirección y teléfono del domicilio, así como los datos de la persona responsable o contacto; verificará si el paciente se encuentra adscrito a alguna de las empresas de atención domiciliaria, y la fecha de la última atención médica en su IPS primaria y/o IPS de la red de urgencias u hospitalaria. 

certificado de defunción

El trámite posterior será realizado por la EPS, en donde se coordinará la visita médica para la inspección del cuerpo y la expedición del certificado de defunción. Para garantizar el diligenciamiento del certificado de defunción, se requiere la revisión de documentos clínicos del paciente, por lo cual es importante contar con la historia clínica o soportes físicos disponibles. 

La expedición del certificado de defunción no generará cuota moderadora ni copago, y el usuario debe encontrarse en estado activo con la EPS. 

El profesional médico que ejecute la inspección del cuerpo tiene la responsabilidad de definir conducta frente al fallecimiento en todos los casos, que incluye el diligenciamiento del certificado de defunción, la solicitud de necropsia clínica o la solicitud de judicialización de la muerte de acuerdo con la normatividad y generará los documentos estadísticos y administrativos requeridos en el proceso. 

Se deber tener en cuenta que, si el paciente se encontraba en tratamiento o controles médicos con una empresa de atención domiciliaria. Es la IPS la encargada de la toma de la conducta frente a la expedición del certificado de defunción, aunque si el evento sucede en horario en el que la IPS domiciliaria no se encuentra disponible, deberá comunicarse con el centro de atención telefónica para el trámite respectivo.

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